¿Alguna vez os habéis fijado en la etiqueta energética de los electrodomésticos? ¿Sabíais que los edificios también tienen su propia etiqueta energética?
Bueno, empecemos por el principio. ¿Qué es la etiqueta energética? Es lo que nos explica el comportamiento energético del electrodoméstico o edificio en cuestión. En el caso que hoy nos ocupa, el de los edificios. La etiqueta energética mide tres parámetros que son: las demandas, las emisiones y los consumos de energía primarios.
Os mostramos un caso real en el que aparecen las mediciones de estos tres niveles, se muestran las unidades de medida y la letra a la que corresponde, es decir la calificación.
Bien, para que sea más cómodo visualizar esta tabla hemos señalado por colores cada parámetro a medir: las demandas (en azul), las emisiones (en verde) y los consumos primarios (en naranja).
Demandas [KWh/m2]: es la energía útil que necesitan los equipos de la vivienda para mantenerla en el rango de temperatura de confort: 22ºC-25ºC.
Emisiones [KgC02/m2]: Las emisiones de CO2 de los equipos instalados en la vivienda (equipos de calefacción, agua caliente sanitaria y refrigeración). La cantidad de estas emisiones dependerán del tipo de combustible que utilicen los equipos de la vivienda a estudiar. Además del tipo de combustible dependerá también de lo eficiente que sea el equipo, es decir, si con menos combustible podemos generar más energía las emisiones serían menores.
Consumos de energía primarios [KWh/m2]: Es decir, la energía que necesitan los equipos para poder funcionar en las condiciones que demanda la vivienda. Por tanto, habrá tantos consumos de energía primarios como número de equipos tenga la vivienda. Contabilizando los equipos de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria.
Pero todos estos datos no nos aparecen en la etiqueta energética, si así fuera sería muy larga. Para facilitar la comprensión de todos estos datos tenemos la letra calificadora que nos indica que clase de eficiencia energética tienen nuestro edificio. En edificios nuevos la escala comprende, en orden de mayor a menor eficiencia, las calificaciones o clases A, B, C, D y E, extendiéndose hasta las calificaciones F y G para edificios existentes.
Podéis observar que aparecen 2 conceptos nuevos “edificio objeto” y “edificio referencia”. El primero es el nuestro, el que recibe el estudio energético. El edificio de referencia es un edificio de “similares características” que utiliza valores medios de edificios similares al nuestro. Es una forma de comparar su consumo o producción de CO2 con otros edificios similares.
Una vez hemos aclarado qué es y qué mide la etiqueta energética, ¿es obligatoria para todos los edificios?¿debemos pedirla?¿solo la pueden pedir los propietarios? Vamos paso a paso.
¿Quiénes necesitamos obtener el certificado energético? El certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberán mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario. En los tres casos siguientes:
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
- Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Entonces, los edificios que quedan excluidos del certificado, son:
- Edificios y monumentos protegidos.
- Edificios o partes de edificios lugares de culto.
- Construcciones provisionales igual o inferior a dos años.
- Edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
- Edificios inferiores a 50 m2.
- Edificios que se compren para reformas importantes.
- Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
Una vez realizado este informe de eficiencia energética de nuestro edificio podemos realizar reformas en el mismo o bien pueden haber deterioros. Por esa razón este informe / etiqueta energética tiene una validez de 10 años, tal y como indica la normativa .
¿Alguna vez os habéis fijado en la etiqueta energética de los electrodomésticos? ¿Sabíais que los edificios también tienen su propia etiqueta energética?
Bueno, empecemos por el principio. ¿Qué es la etiqueta energética? Es lo que nos explica el comportamiento energético del electrodoméstico o edificio en cuestión. En el caso que hoy nos ocupa, el de los edificios. La etiqueta energética mide tres parámetros que son: las demandas, las emisiones y los consumos de energía primarios.
Os mostramos un caso real en el que aparecen las mediciones de estos tres niveles, se muestran las unidades de medida y la letra a la que corresponde, es decir la calificación.
Bien, para que sea más cómodo visualizar esta tabla hemos señalado por colores cada parámetro a medir: las demandas (en azul), las emisiones (en verde) y los consumos primarios (en naranja).
Demandas [KWh/m2]: es la energía útil que necesitan los equipos de la vivienda para mantenerla en el rango de temperatura de confort: 22ºC-25ºC.
Emisiones [KgC02/m2]: Las emisiones de CO2 de los equipos instalados en la vivienda (equipos de calefacción, agua caliente sanitaria y refrigeración). La cantidad de estas emisiones dependerán del tipo de combustible que utilicen los equipos de la vivienda a estudiar. Además del tipo de combustible dependerá también de lo eficiente que sea el equipo, es decir, si con menos combustible podemos generar más energía las emisiones serían menores.
Consumos de energía primarios [KWh/m2]: Es decir, la energía que necesitan los equipos para poder funcionar en las condiciones que demanda la vivienda. Por tanto, habrá tantos consumos de energía primarios como número de equipos tenga la vivienda. Contabilizando los equipos de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria.
Pero todos estos datos no nos aparecen en la etiqueta energética, si así fuera sería muy larga. Para facilitar la comprensión de todos estos datos tenemos la letra calificadora que nos indica que clase de eficiencia energética tienen nuestro edificio. En edificios nuevos la escala comprende, en orden de mayor a menor eficiencia, las calificaciones o clases A, B, C, D y E, extendiéndose hasta las calificaciones F y G para edificios existentes.
Podéis observar que aparecen 2 conceptos nuevos “edificio objeto” y “edificio referencia”. El primero es el nuestro, el que recibe el estudio energético. El edificio de referencia es un edificio de “similares características” que utiliza valores medios de edificios similares al nuestro. Es una forma de comparar su consumo o producción de CO2 con otros edificios similares.
Una vez hemos aclarado qué es y qué mide la etiqueta energética, ¿es obligatoria para todos los edificios?¿debemos pedirla?¿solo la pueden pedir los propietarios? Vamos paso a paso.
¿Quiénes necesitamos obtener el certificado energético? El certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberán mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario. En los tres casos siguientes:
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
- Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Entonces, los edificios que quedan excluidos del certificado, son:
- Edificios y monumentos protegidos.
- Edificios o partes de edificios lugares de culto.
- Construcciones provisionales igual o inferior a dos años.
- Edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
- Edificios inferiores a 50 m2.
- Edificios que se compren para reformas importantes.
- Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
Una vez realizado este informe de eficiencia energética de nuestro edificio podemos realizar reformas en el mismo o bien pueden haber deterioros. Por esa razón este informe / etiqueta energética tiene una validez de 10 años, tal y como indica la normativa .
Un artículo muy interesante, ya que siempre oímos acerca del tema, pero es difícil encontrar una explicación clara del asunto. Es importante que los consumidores estemos informados, y muy útil.
¡Buenas!!!
Buen artículo, muy explicativo…. todo y que me surgen dudas. Leeré en profundidad la normativa que adjuntáis, y ya comentare
Gracias por compartir foreros…